Alejandro Bermudez Mora, Secretario del despacho
Hector Fernandez Masis, Coordinador Programas Electorales
Referencia: Cronograma para el Referendum.
Estimados senores:
Esta Secretaria comunica el acuerdo adoptado por el Tribunal Supremo de Elecciones en Sesion Ordinaria # 54-2007, celebrada el diecinueve de junio del ano en curso, integrado por el senor Magistrado Luis Antonio Sobrado Gonzalez, quien preside, y las senoras Magistradas Eugenia Maria Zamora Chavarria y Zetty Bou Valverde, que dice:
ARTICULO SEGUNDO
Del senor Hector Fernandez Masis, Coordinador de Programas Electorales, se conoce oficio # CPE-309-2007 del 11 del mes en curso, en el que, de conformidad con el acuerdo de este Tribunal adoptado en la sesion # 48-2007 y el articulo 2, inciso e) del Reglamento de esa oficina, remite el proyecto de Cronograma para el Referendum previsto tentativamente para el proximo 7 de octubre.
Senala tambien que, en el replanteamiento del cronograma propuesto, se han incorporado las observaciones que el Departamento Legal planteo en su oficio # DL-249-2007, por lo que recomienda lo siguiente:
1. Como ha sido usual, el traspaso oficial de la Fuerza Publica (Articulo 102 inciso 6) de la Constitucion Politica) se ha llevado a cabo en el acto de convocatoria a elecciones. Por tal motivo se sugiere que para darle fundamento a esta accion, se contemple en el documento que se emita para la Convocatoria a Referendum.
2. Debido a que el articulo 23 de la ley # 8492 fija como fecha limite para la constitucion de las juntas receptoras de votos "los treinta dias naturales siguientes a la publicacion de la convocatoria a referendum realizada por el TSE" y siendo que la fecha de publicacion de ese documento en La Gaceta es incierta, no se contemplo dicho termino en el cronograma que ahora se propone, por lo que se recomienda al superior (sic) que en el documento de convocatoria, se incluya un acapite que senale que las juntas receptoras de votos deberan estar constituidas dentro de los treinta dias naturales siguientes a la publicacion de la Convocatoria en el diario oficial La Gaceta."
Se dispone: Aprobar las recomendaciones que se hacen, de las cuales tomara nota el Secretario del Despacho para hacer las inclusiones correspondientes dentro del proyecto de comunicacion oficial de la convocatoria a referendum. Aprobar el cronograma electoral bajo el siguiente texto:
OCTUBRE 2006
Lunes 9
Ultimo dia para que los costarricenses por naturalizacion que hayan recibido la carta que los acredite como tales, puedan ser inscritos en el Padron Electoral (articulos 94 de la Constitucion Politica y 1 del Codigo Electoral).
JUNIO 2007
Viernes 29
Se cierra la recepcion de solicitudes de cedula o traslado que modifiquen el Padron Electoral.
JULIO 2007
Jueves 12
a) Acto de comunicacion oficial de la convocatoria a referendum (articulo 17 de la Ley # 8492).
b) A partir de esta fecha, los medios de comunicacion colectiva estan obligados a informar, los dias viernes de cada semana, al Tribunal Supremo de Elecciones sobre todos los espacios de propaganda que se contraten y que tengan relacion con el proyecto sometido a referendum.
Viernes 13
a) A partir de esta fecha y hasta el dia del referendum, se prohibe al Poder Ejecutivo, las entidades autonomas, las semiautonomas, las empresas del estado y los demas organos publicos, utilizar dineros de sus presupuestos para efectuar campanas a favor o en contra de los textos o proyectos sometidos a la consulta del referendum; asimismo, queda prohibido usar para tal fin, dinero procedente del exterior donado por entidades privadas o publicas (articulo 20 de la Ley # 8492).
b) Inicia el periodo para que los partidos politicos presenten las nominas de acreditacion de fiscales.
c) Inicia el periodo para que las organizaciones interesadas en acreditar observadores nacionales presenten ante el Tribunal las nominas respectivas.
d) Inicia el periodo para que los medios de comunicacion remitan al Tribunal Supremo de Elecciones el informe con las tarifas vigentes para contratos publicitarios.
e) Inicia el periodo para que las empresas dedicadas a la realizacion de encuestas y sondeos de opinion se registren ante el TSE.
Sabado 14
Ultimo dia en que el Registro Civil y el Tribunal Supremo de Elecciones pueden dictar resoluciones que modifiquen el Padron Electoral.
Martes 17
Vence el termino para que los medios de comunicacion remitan al Tribunal Supremo de Elecciones el informe de las tarifas que se encuentren vigentes para contratos publicitarios.
Jueves 26
Vence el termino para que las empresas dedicadas a la realizacion de encuestas y sondeos de opinion se registren ante el TSE.
AGOSTO 2007
Martes 7
El Registro Civil debe tener confeccionadas las listas definitivas de electores.
SETIEMBRE 2007
Viernes 7
a) Vence el plazo para que los partidos politicos presenten las nominas de acreditacion de fiscales.
b) Vence plazo para que las organizaciones interesadas en acreditar observadores nacionales presenten ante el Tribunal las nominas respectivas.
Miercoles 26
Todo el material electoral debe estar en poder de las Juntas Receptoras de Votos (articulo 33 del Codigo Electoral).
OCTUBRE 2007
Jueves 4
a) Ultimo dia para publicar, difundir total o parcialmente o comentar los resultados de cualquier encuesta o sondeo de opinion, asi como las operaciones de simulacion de votos realizadas a partir de sondeos de opinion, directa o indirectamente relacionados con la consulta sometida a referendum (articulo 21 de la Ley # 8492).
b) Ultimo dia para difundir propaganda a favor o en contra del proyecto sometido a consulta.
Viernes 5
Los medios de comunicacion deben presentar al Tribunal Supremo de Elecciones el ultimo informe semanal de todos los espacios de propaganda que se contrataron y que tengan relacion con el proyecto sometido a referendum.
DOMINGO 7
Votacion ante las Juntas Receptoras de Votos (articulo 22 de la Ley 8492).
Lunes 22
Debe estar concluido el escrutinio del Referendum (Articulo 25 de la Ley # 8492).
ACUERDO FIRME.
Atentamente,
TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Juan Rafael Salas Navarro
Prosecretario
c. Licda. Marisol Castro Dobles, Directora General del Registro Civil
Lic. Fernando Viquez Jimenez, Director Ejecutivo
Lic. Rodrigo Fallas Vargas, Oficial Mayor Civil
Licda. Ana Isabel Fernandez Alvarado, Oficial Mayor Electoral
Lic. Gilberto Gomez Guillen, Contador
Lic. Allan Herrera Herrera, Proveedor a.i.
Licda. Ana Maria Jimenez Rodriguez, Jefa Oficina de Comunicacion y Protocolo
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arv.-
Etiquetas: costa rica, referendum, tlc, tratado de libre comercio, tribunal supremo de elecciones, tse



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